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Dehesa de Extremadura D.O.P

Jamones con Denominación de Origen Dehesa de Extremadura, principal denominación de los jamones de Extremadura ha sido regulada según los siguientes reglamentos:

Decreto 34/90 de 15 de mayo, se autoriza con carácter regional la denominación de origen “Dehesa de Extremadura” y se aprueba el Reglamento de su Consejo Regulador.

Posteriormente, la O...

Jamones con Denominación de Origen Dehesa de Extremadura, principal denominación de los jamones de Extremadura ha sido regulada según los siguientes reglamentos:

Decreto 34/90 de 15 de mayo, se autoriza con carácter regional la denominación de origen “Dehesa de Extremadura” y se aprueba el Reglamento de su Consejo Regulador.

Posteriormente, la Orden MAPA de 2 de julio de 1990 ratifica el Reglamento de la Denominación de Origen y su Consejo regulador, a los efectos de su promoción y defensa por la Administración Central del Estado, en los ámbitos Nacional e Internacional.

El Consejo regulador es el órgano que tiene encomendada la tutela y aplicación del mismo y el fomento y control de la calidad de los jamones y paletas amparados por la Denominación de Origen, debiendo estar bajo esta denominación los productores y fabricantes de cerdos y jamones ibéricos para obtener esta distinción de calidad.

Los jamones y paletas “Dehesa de Extremadura” proceden, únicamente, de cerdos que pertenecen a la raza porcina ibérica pura, estando autorizados los cruces hasta un 75% de esta raza con un 25% de la raza Duroc-Jersey.

La Denominación de Origen Dehesa de Extremadura delimita como zona productora de ganado a toda la región extremeña, y como zona de elaboración y maduración de jamones y paletas a las comarcas extremeñas de las sierras del suroeste de Badajoz, Ibor-Villuercas, Cáceres-Gredos Sur, Sierra de Montánchez y Sierra de San Pedro.

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